Gobernador de Banco Central dijo que el sector turismo podría perder unos US$400 millones de seguir hasta junio
El gobernador de Banco Central ofreció una rueda de prensa donde dio detalles de las medidas monetarias a tomar ante la situación que se ha presentado en la República Dominicana como consecuencia del coronavirus.
Al contestar preguntas en torno al sector turismo informó que si la situación actual continúa en el sector hotelero dominicano , con el tema del coronavirus COVID-19 se mantiene hasta después de junio, el sector turismo podría estar perdiendo alrededor de US$400 millones.
Dijo que la entidad bancaria calculado más o menos esa cantidad en millones de dolares de pérdidas del turismo,” pero si usted se pone a ver hoy estaba el petróleo a US$21 y lo que tiene Hacienda en el presupuesto es en promedio US$58”, sostuvo el gobernador.
En ese orden Albizu anunció que que dentro de las medidas a tomar esta la reducir la Tasa de Política Monetaria (TPM) en 100 puntos básicos, de 4.50 % a 3.50% anual, con el objetivo de incentivar una baja generalizada de las tasas de interés en el sistema financiero a través del mecanismo de transmisión de política monetaria.
De igual forma dijo que con la finalidad de proveer liquidez a un costo bajo a las entidades financieras, se aprobó una disminución de 150 puntos básicos en la tasa de interés de la facilidad permanente de expansión de liquidez (Repos a un día), pasando de 6.00 % a 4.50% anual.
Adicionalmente, se decidió reducir la tasa de interés de depósitos remunerados de corto plazo en el Banco Central (Overnight), de 3.00 % a 2.50% anual. Esta medida contribuye a reducir la tasa de interés interbancaria y, por lo tanto, disminuye el costo de fondeo de las entidades financieras, sostuvo.
Medidas de provisión de liquidez al sistema financiero
En adición a los recortes de tasas de interés, se adoptaron una serie de medidas de provisión de liquidez, tanto en moneda nacional como en moneda extranjera, con el objetivo de poner a disposición de las entidades financieras una gran cantidad de recursos de manera tal que se pueda atender de forma efectiva la demanda de crédito de los sectores productivos y de los hogares dominicanos. Específicamente, en moneda nacional estamos poniendo a disposición de las entidades financieras liquidez por más de RD$52 mil millones a través de las siguientes medidas:
1. Primero, en reunión celebrada en el día de ayer, martes 17 de marzo, la Junta Monetaria flexibilizó los requisitos de cobertura del encaje legal en moneda nacional de las entidades financieras, reconociendo los títulos del Banco Central y del Ministerio de Hacienda como cobertura válida por un monto de hasta RD$22,321.0 millones, lo que representa 2.0 puntos porcentuales del coeficiente de encaje legal. De ese monto, RD$ 10 mil millones serán destinados a préstamos a los hogares y a las micro, pequeñas y medianas empresas y al sector comercio, mientras que el resto de los fondos, unos RD$ 12,321.0 millones serán canalizados a los sectores productivos, principalmente al turismo y al sector exportador, a tasas de interés en todos los casos no mayores de 8.0 % anual.
Es importante destacar que los nuevos préstamos que otorguen las entidades financieras con estos recursos serán clasificados como categoría de riesgo A, con cero provisiones, y no serán considerados en el cálculo del índice de solvencia.
2. Segundo, el Banco Central habilitó la ventanilla de provisión de liquidez a las entidades financieras a través del mecanismo de Repos hasta 90 días por un monto de hasta RD$30 mil millones, utilizando como garantía títulos del Banco Central y del Ministerio de Hacienda. Esta facilidad estaría a disposición de las entidades financieras con tasas de interés de 4.75% para Repos de hasta 30 días y de 5.0% para Repos entre 31 y 90 días. Estas facilidades podrían renovarse mientras persistan las condiciones de incertidumbre que originaron la medida.
En cuanto a la provisión de liquidez en moneda extranjera, hemos aprobado dos medidas que permiten garantizar un flujo adecuado de dólares para cubrir las necesidades del mercado cambiario, en un momento en que grandes sectores generadores de divisas como el turismo y el sector exportador se están viendo afectados. En ese sentido estamos proveyendo liquidez al mercado por más de US$ 500 millones, a través de los siguientes mecanismos:
1. Inyectar liquidez en moneda extranjera por un monto de hasta US$300.0 millones, a través de operaciones de repos de 90 días, utilizando como garantía títulos del Ministerio de Hacienda.
2. Flexibilizar temporalmente los requisitos de cobertura del encaje legal en moneda extranjera de los bancos múltiples, reconociendo títulos del Ministerio de Hacienda en dólares como cobertura válida de US$ 222 millones, lo que representa 2.5 puntos porcentuales del coeficiente de encaje legal. Esta medida contribuirá a facilitar la canalización de divisas a sectores generadores como el turismo y las exportaciones que han sido impactados por la caída en los flujos de comercio y turismo a nivel global.
Medidas de tratamiento regulatorio especial al sistema financiero
En su reunión del día de ayer, la Junta Monetaria aprobó además una serie de medidas que implican un tratamiento regulatorio especial al sistema financiero mientras perdure la incertidumbre global, asociada a los efectos económicos provocados por la pandemia del coronavirus. Dicho tratamiento especial, permitiría reajustar el cronograma de pagos de los deudores bancarios en caso de que fuese necesario, sin que se deriven por esta acción costos regulatorios adicionales. Con estas medidas se busca evitar un posible deterioro de la cartera de crédito a causa del impacto del COVID-19 en el desempeño de algunas actividades productivas.
Específicamente, las medidas adoptadas como parte del tratamiento regulatorio especial son:
1. Autorizar a las entidades financieras a congelar las calificaciones y provisiones de los deudores al nivel en que se encuentran al momento de la aprobación de la Resolución.
2. Autorizar a que las reestructuraciones de créditos que impliquen modificación en las condiciones de pago, tasa de interés, plazos y cuotas, entre otros, puedan mantener la misma calificación de riesgo del deudor al momento de ser reestructurado. En otras palabras, esto quiere decir que no se le reduciría la calificación crediticia al deudor por problemas originados en atrasos de pagos producto de la situación actual.
3. Autorizar a que sean considerados como no vencidos aquellos préstamos desembolsados contra líneas de crédito por un período de sesenta (60) días. Esta medida comprende una dispensa del pago del capital del préstamo en ese período, beneficiando el flujo de caja del deudor.
4. Extender por noventa (90) días el plazo otorgado al deudor para la actualización de garantías correspondientes a las tasaciones. Esta medida brindará una mayor flexibilidad al deudor que dispondrá de más tiempo para cumplir con el requisito de actualizar su garantía.