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 IDAC aclara que el trámite para traslados de ciudadanos dominicanos desde el extranjero hacia RD debe ser canalizado por el MIREX

 IDAC aclara que el trámite para traslados de ciudadanos dominicanos desde el extranjero hacia RD debe ser canalizado por el MIREX

 El trámite para el traslado de ciudadanos dominicanos desde el extranjero hacia el país debe ser canalizado por el Ministerio de Relaciones Exteriores y contar con la autorización de la Comisión de Alto Nivel para el Control y el Manejo del Coronavirus (COVID-19), que coordina el ministro de la Presidencia Gustavo Montalvo.

El Instituto Dominicano de Aviación Civil (IDAC) hizo la explicación en detalle, ante nuevas solicitudes a esa institución rectora del sistema aeronáutico nacional a través de llamadas telefónicas y sus redes sociales.

Ante la suspensión de vuelos desde y hacia la República Dominicana, los nacionales que se encuentren en el exterior y deseen ser trasladados al país deben ponerse en contacto con los consulados o embajadas dominicanas en el exterior, que a su vez se comunicará con el Ministerio de Relaciones Exteriores y la Cancillería se encarga de notificar la solicitud a la   Comisión de Alto Nivel para el Control y el Manejo del Coronavirus (COVID-19) para su aprobación.  

“Es el protocolo que se está desarrollando para poder cumplir con esas solicitudes de carácter humano y adoptar los controles sanitarios de lugar”, se explica en un despacho de la Dirección de Comunicaciones y Relaciones Públicas del IDAC que cita al director general de la institución, Dr. Alejandro Herrera.

Se explica, además, que una vez arriben a territorio dominicano las autoridades de salud se encargarán de aislar esos pasajeros para determinar si están o no contagiados del COVID-19.

El IDAC ha explicado mediante comunicado que esa institución viabiliza y ejecuta la parte aérea luego de que se   canalice   la solicitud ante los organismos correspondientes.

“La facultad para conceder o negar permisos de ingreso al territorio nacional en este momento de pandemia y de recogimiento no es responsabilidad del IDAC, debe ser tramitado por las embajadas y/o los consulados a la Cancillería y desde aquí a la Comisión de Alto Nivel.

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